dic
La presidenta de la FAM, Marcela Ruiz, fue convocada por la Comisión de Estudio y Análisis sobre la Transferencia de Competencias —creada mediante la Resolución N.° RESOL-2025-179-APN-MJ— en el marco del trabajo que lleva adelante el Ministerio de Justicia en dicha comisión. Su participación tuvo por objetivo plantear una cuestión institucional de gran trascendencia para el sistema judicial federal: la plena efectividad de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires en materia jurisdiccional, tal como fuera consagrada por la Reforma Constitucional de 1994 y expresamente establecida en el artículo 129 de la Constitución Nacional.
Han pasado ya más de tres décadas desde que la Convención Constituyente decidió, de manera inequívoca, consagrar el estatus autónomo de la misma y entender que la federalización histórica del territorio que ha caracterizado a la Ciudad no impide su organización como estado autónomo con la formación de sus tres poderes. La reforma de 1994 no sólo otorgó un gobierno autónomo, sino que reconoció a la Ciudad una naturaleza política propia, equiparable en términos
institucionales a la de cualquier provincia argentina. Sin embargo, para que esa autonomía deje de ser una declaración programática y se convierta en una realidad plena, es imprescindible completar un aspecto central que aún permanece inconcluso: el traspaso definitivo de las competencias ordinarias que hoy sostiene el Poder Judicial de la Nación con asiento en la Ciudad de Buenos Aires a la órbita de la Ciudad.
El traspaso del Poder Judicial de la Nación a la Ciudad de Buenos Aires no es una concesión política ni un acto de discrecionalidad: es el cumplimiento de un deber constitucional y jurisprudencial. Implica evitar duplicidades y superposiciones que entorpecen el acceso a la justicia, brindar mayor eficiencia y cercanía en la resolución de conflictos locales y fortalecer el federalismo cooperativo que la Constitución de 1994 buscó consolidar. Negar o postergar este proceso no hace más que mantener un régimen histórico, que no respeta la evolución institucional del país y que coloca a la Ciudad en un estatus jurídico que ya no tiene cabida en nuestra Carta Magna.
En conclusión, la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires es un mandato constitucional que debe ser honrado plenamente.

